Pensión para hijas e hijos de mujeres víctimas de femicidio

Por el cual se instituye en carácter de reparación social para los hijos e hijas de mujeres fallecidas a causa de la violencia de género, el derecho a percibir una pensión mensual, inembargables, cuyo monto deberá ser igual al de la jubilación mínima provincial

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